Archivo de la etiqueta: sino que sólo se regulan las mayorías necesarias para la adopción de acuerdos sociales. Con carácter general

Formato de sociedad de responsabilidad limitada

La administración de la sociedad (TEMA 4)

Los administradores de la sociedad podrán ser personas físicas o jurídicas y salvo disposición contraria de los estatutos, para ser nombrado administrador no se requerirá la condición de socio. La competencia para el nombramiento de los administradores corresponde a la junta general.
La administración de las sociedades de responsabilidad limitada se puede confiar a un administrador único, a varios administradores que actúen solidaria o conjuntamente, Seguir leyendo “Formato de sociedad de responsabilidad limitada” »