Efectos resolución de liquidación de créditos: fijación irrevocabe de derechos
La resolución de liquidación fija irrevocablemente
Los derechos de los acreedores en el estado que tenían al día de su pronunciamiento.
En consecuencia,
-Se suspenderán las ejecuciones individuales, salvo excepciones (acreedores Que tengan garantía real de sus créditos).
-Las obligaciones del deudor
Se entenderán vencidas y actualmente
Exigibles, para efectos
De verificarlas en el procedimiento.
-Deberá determinarse el valor actual de los créditos
-Se impide toda compensación entre Deudor y acreedor que no hubiere operado antes por el ministerio de la ley.
Efectos resolución de liquidación juicio declarativos pendientes
CUANDO EL DEUDOR SEA DEMANDADO:
La regla general es que se acumulan al procedimiento Concursal de liquidación todos los juicios civiles seguidos contra el deudor, los que se continuarán tramitando conforme a su procedimiento.
Excepciones:
-Los juicios que a la fecha De la resolución De liquidació estuvieren siendo conocidos Por tribunales arbitrales.
.Los que fueren materia de arbitraje forzoso.
-Aquellos sometidos por ley a tribunales especiales.
normas comunes: El tribunal que conozca de la ejecución deberá suspender la tramitación sólo Respecto del deudor. Deberá además remitir altribunal del procedimiento concursal copias autorizadas Del expediente.Deberá conservar el original del expediente.
obligaciones de dar:
Si no existieren excepciones opuestas
Los juicios se suspenderán En el estado en que se encuentren, se acumularán al procedimiento concursal, debiendo El ejecutante verificar el crédito.Si existieren excepciones Opuestas
Se acumulará el juicio al procedimiento concursal y se continuará hasta Su total tramitación.obligaciones de hacer:Si hubiese fondos para dar cumplimiento al objeto Del litigio depositados antes de la resolución de liquidación, se acumulará al procedimiento Concursal, continuándose con su total tramitación.En caso contrario, los juicios se acumularán sin importar el Estado de tramitación, y el acreedor sólo podrá verificar los perjuicios.
Efectos resolución de juicio pendiente en que el deudor sea demandante:
Las demandas que hubiere interpuesto el deudor antes de la resolución de liquidación para controvertir la validez, legitimidad o procedencia de los créditos Justificativos de la liquidación forzosa, deberán acumularse al procedimiento Concursal.Si las alegaciones aducidas en tales Juicios fueren similares A las que Hubiere realizado en la oposición a la que se refiere el artículo 121 de la ley, el Tribunal deberá resolverlas ambas en un mismo Fallo.
Efectos resolución del liquidación medidas cautelares contra el deudor
Los embargos y medidas precautorias decretadas, que afecten bienes que deban Ingresar al concurso, quedarán sin efecto desde la dictación de la resolución de liquidación.Lasmedidascautelaresconcedidasconocasióndelejerciciodeacciones Provenientes de delitos concursales, que afecten Bienes del deudor, Quedarán sin efecto tan pronto el liquidador comunique al Juzgado de garantía la dictación de la respectiva resolución de liquidación.
Efectos resolución de liquidación efectos especiales
DE LA REIVINDICACIÓN
Reivindicación de efectos de comercio No pagados (en poder Del deudor en virtud de título no traslaticio de dominio).Reivindicación de mercaderías identificables (en poder Del deudor en Virtud de título no traslaticio de dominio).Reivindicación de precio no Pagado o compensado Entre el deudor El comprador a la fecha de la resolución de liquidación.
DERECHO LEGAL DE RETENCIÓN
Las reglas de reivindicación no obstan al derecho legal de retención O al de prenda que corresponda al deudor.
Determinación del pasivo:
verificación de crédito:30 días desde la publicación de la resolución de Liquidación. Acompañar títulos justificativos y preferencias.Vencido El plazo anterior, el Liquidador debe publicar las verificaciones.
objeciones:Liquidador,
El deudor y los acreedores tienen un plazo de 10 días para objetar. Los
Créditos no objetados forman parte de la primera nómina de créditos reconocidos.
El Liquidador
Debe intentar subsanar objeciones.
impugnaciones:Si no pueden ser subsanadas, el Veedor emite un informe Y acompaña al tribunal una nómica de créditos impugnados.El tribunal cita a una audiencia única y verbal para El fallo de las impugnaciones, dentro de décimo día desde publicadas las nóminas.Puede dar lugar a una segunda nómina de créditos Reconocidos
Audiencia de determinación de derecho a voto art 190
Se celebra el día inmediatamente anterior a la Junta De Acreedores.Por regla general, la audiencia se celebrará a Las 15:00 horas.El Liquidador entrega un informe escrito al tribunal Acerca de la verosimilitudde la existencia y monto reclamado de los créditos No reconocidos.El tribunal oírá a aquellos acreedores que soliciten Verbalmente argumentar la inclusión o conservación de su propio crédito.El tribunal resolverá en única instancia, con los antecedentes disponibles endicha audiencia, los que apreciará de acuerdo a Las normas de la sana crítica.El reconocimiento de derecho a voto sólo producirá Efectos para la Junta de Acreedores en referencia.
Limitaciones derecho a voto:
se prohíbe fraccionar los créditos después de la resolución de liquidación.Las personas relacionadas no tendrán derecho a voto.Deberán abstenerse de votar aquellos acreedores que Tengan conflicto de interés.
realización del activo: realización sumaria o simplificada: remate en la bolsa, venta ala martillo, forma determinada por la junta constitutiva quórum calificado. Y ralizacion ordinaria: aquella determinada por la junta constitutiva y venta al martillo, unidad ecomomica, oferta de compra directa.
Pago del pasivo:
•
PROCEDENCIA DE LOS REPARTOS:
El Liquidador deberá proponer a los acreedores un Reparto de fondos siempre que se reúnan, copulativamente, los siguientes requisitos: Disponibilidad de fondos Para abonar una Cantidad no inferior Al 5 % delos créditos Reconocidos.Reserva previa para solventar los gastos del procedimiento Y los créditos de igual o mejor derecho que Estén impugnados.Reserva para responder a los acreedores residentes En el extranjero que no hayan alcanzado a comparecer.
Pago del pasivo procedimiento:
Se presentará una propuesta de reparto al tribunal,
en que conste el monto, fórmula de cálculo y acreedores beneficiados.El tribunal
lo tendrá por propuesto y ordenará publicarlo en el Boletín Concursal.Los acreedores que representen a lo menos el 20% del pasivo reconocido, podrán impugnar la propuesta, dentro de 3 días de publicada.Si la objeción afecta a la totalidad del reparto, éste se suspenderá hasta que se resuelva la objeción. Si sólo es parcial, podrá ejecutarse por la parte no disputada.El tribunal conferirá traslado al Liquidador por el término de 3 días. Transcurrido el plazoanterior, se hayaevacuado o noel traslado, El tribunal resolverá sin más trámite, resolución Que no será susceptible de recurso alguno.La resolución Que acoja la Impugnación ordenará la confección De un nuevo reparto Si no hubo objeciones, o estas fueron rechazadas, O si se confecciónó uno nuevo, el tribunal ordenará al Liquidador su distribución.La resolución Que ordene la Distribución del reparto Se notificará en el Boletín Concursal.
Pago del pasivo reglas especiales:
ACREEDOR CONDICIONAlEl acreedor condicional podrá solicitar al tribunal Que ordene la reserva de los fondos que le Corresponderían una vez verificada la condición, o bien su entrega bajo caución Suficiente de restituirlos a la masa. COMPENSACIÓN: Sin un acreedor fuere a la vez deudor del sujeto Del procedimiento, sin que hubiere operado Compensación, dichas sumas Se imputarán al pago De su deuda, aunque no esté vencida.•VERIFICACIONES EXTRAORDINARIAs:Los acreedores que hayan verificado extraordinariamente Tendrán derecho a que se les reserve mientras no se reconozca el crédito, y sólo Serán pagados con los fondos que quedaren en el procedimiento.REPARTOS NO RETIRADOS: Si un acreedor no retirare Lo que le corresponde dentro de 3meses de notificado el reparto, el Liquidador depositará dicha suma en arcas fiscales a nombre del acreedor. Si dentro De 3 años desde el depósito No reclamare, los fondos serán entregados Al Cuerpo de Bomberos .
Termino del procedimiento:
resolución de termino: Una vez aprobada la cuenta definitiva del Liquidador, El tribunal dictará resolución de término del procedimiento de liquidación.Una vez firme y ejecutoriada, se entenderán remitidos Los saldos insolutos por el sólo ministerio de la ley y el deudor recuperará la Libre administración de sus bienes .Laresolucióndetérminoserásusceptiblederecursodeapelación,laquese concederá En el sólo efecto devolutivo.El efecto Extintivo es independiente Del resultado de las acciones penales que hubieren en contra del deudor.
acuerdo de reorganización: el deudor dentro del procedimiento de ñiquidacion presenta propuesta de acuerdo debiendo el tribunal citar a la junta para que se pronuncie al respecto, la presentación no produce protección financiera concursal.
quórum de aprobación: 2/3 de acreedores que representen 3/4 partes del pasivo con derecho a voto.