caso 1

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Práctica 11 1.DELITOS APLICABLES


Los hechos son constitutivos de un delito de Abuso sexual previsto en el articulo 181.1 del Código Penal.

1.INDICA LOS PRINCIPALES PROBLEMAS PRÁCTICOS

TIPO BÁSICO. El precepto anteriormente destacado describe Una conducta residual del abuso sexual caracterizada por la ausencia del Consentimiento de la victima en la conducta sexual de la que es objeto, como También por la ausencia de violencia o intimidación. Estas carácterísticas es Lo que nos hace diferenciarlo del delito de agresión sexual ya que este delito Se caracteriza por la violencia e intimidación.El concepto de violencia solo lo integra la vis física, ejercida sobre el Cuerpo de la victima, la violencia ha de ponderarse atendiendo al conjunto de Circunstancias que rodean el hecho. La intimidación equivale a la amenaza de palabra u obra de causar al sujeto pasivo un daño Inusto que le infunde miedo. La amenaza debe tener entidad suficiente para Doblegar su voluntad, para ello debetratarse de una amenaza seria, verosímil, inmediata y grave. Por lo Tanto ni las amenazas con males futuros ni las de entidad insuficiente bastan Para entender cumplido este requisito. TIPO OBJETIVO.La conducta típica se trata de un atentado Para la libertad sexual sin el consentimiento preciso y tácito del sujeto Pasivo. La conducta típica se trata de abusos sexuales no consentidos ya que Cuando existe un consentimiento no se castigan estos delitos. Ha de tratarse de Una conducta de un claro contenido sexual, que por su relevancia supongan un Atentado para la libertad sexual.TIPO SUBJETIVO. Se trata de una conducta Dolosa por lo que existe dolo ya que El sujeto activo actúa cometiendo un delito a sabiendas de su ilicitud de Manera deliberada y por voluntad propia, por lo que se da un elemento volitivo Y otro cognoscitivo. Entendomos el  dolo «conocimiento y voluntad de realización del supuesto De hecho típico», o también Cuello Calón que señaló «voluntad Consciente dirigida a la ejecución de un hecho que la ley prevé como Delito». Según el TS el dolo significa conocer y querer los elementos Objetivos del tipo penal. El dolo se integra por dos elementos. Intelectivo y Cognitivo, el elemento intelectivo que comprende la representación o conocimiento Del hecho que ello se reproduce en el conocimiento de los elementos objetivos Del hecho delictivo y el conocimiento antijurídico de la acción y el elemento Volitivo es la voluntad de ejecutar la acción por lo tanto el dolo se Observa en el autor tanto en la producción del resultado como la concurrencia De las circunstancias que lo cualifican como tal.El froteurismo es trastorno en el que una Persona obtiene placer sexual al frotar genitales, u otras partes del cuerpo, Contra la ropa o cuerpo de una persona que no consiente el acto. La práctica Más común es rozar genitales contra muslos o glúteos de la víctima.Entendemos este delito consumado cuando se Produce la sola realización de contactos corporales con animo lubrico.

3.AUTORES Y CÓMPLICES

Los autores vienen Previstos en el articulo 27 CP. Ernesto es el único autor de los hechos el cual Actúa de manera directa sobre la victima con la intención de un resultado, es Decir tiene el dominio total de la acción,aunque no llega a ser un abuso sexual Consumado como tal al no existir un acceso carnal. No existen cómplices ya que, Aunque se encontraba en el bar con los amigos no ellos no conocían las Intenciones de su amigo cuando iba dirección al baño.

CAUSAS DE JUSTIFICIACION

Esto significa que la causa de justificación justifica La ilicitud del hecho, el hecho será típico pero la conducta está justificada, Por lo que se4 eximirá de responsabilidad penal, con las siguientessalvedades:- Cuando se den todos los requisitos esenciales y no esenciales de la causa de Justificación, se dará la exención de responsabilidad penal, o eximente Completa de la pena.
– Si se dan los requisitos esenciales pero no todos los no esenciales, habrá Una eximente incompleta, existe responsabilidad criminal pero se atenúa la Pena.- Si no se dan los elementos esenciales no existe ni siquiera atenuación, se Responderá totalmente por el hecho cometido. Al Requisito esencial se le denomina PRESUPUESTO.EN ESTE SUPUESTO NO SE APRECIA NINGUNA CAUSA DE Justificación.

ATENUANTES Y AGRAVANTES

Las circunstancias atenuantes son aquellas que Concurren en la realización del comportamiento delictivo y provocan una Disminución de la pena. Estas vienen recogidas en el CP en el art 21.Lasagravantes penales son Circunstancias accidentales del delito, porquepueden concurrir o nodurante la comisión del mismo, pero si lo hacen, se Unen de forma indisoluble a los elementos esenciales del delito, aumentando la Responsabilidad penal, y por tantoAUMENTANDO LA PENAa imponer.Se puede aplicar la agravante del articulo 148.1 del CP por un Abuso de la superioridad entendido por este Circunstancia agravante del Código Penal determinada por Aprovechar en la comisión del delito la notable desproporción de fuerza o Número entre delincuentes y víctimas.

4.PENA

Pena de prisión de uno a tres años o multa de Dieciocho a veinticuatro meses.

5.RESPONSABLES CIVILES

El único responsable civil es Ernesto el cual Es el autor del delito denunciado y el cual debe ser castigado por su Comportamiento además de indemnizar el mismo a la víctima.
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