Tipos de documentos mercantiles

TEMA 6:  1. ENUMERA 5 LEYES QUE HAGAN REFERENCIA AL DERECHO A LA INFORMACION DE LOS CIUDADANOS:*
Ley reguladora de las Bases de Regimen Local. *Ley del patrimonio Historico Español. *Ley organica de Procedimiento Civil del Derecho al Honor. *Ley de Regimen Juridico de las administraciones publicas y del procedimiento administrativo común.*La Constitución.

2. ¿QUÉ CONDICION DEBE TENER EL PARTICULAR QUE QUIERO CONOCER EL ESTADO DE TRAMITACION DE UN PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO?

+Debe ser titular de un derecho subjetivo frente a una administración publica. +Debe tener un interés legitimo, directo y personal en el asunto de que se trate.

3. ¿EN QUE CONSISTE LA INFORMACION INTERNA?

Es la difusión de la información entre distintas administraciones o entre distintos órganos de una de ellas, persiguiendo eficacia en su gestión.

4. ¿EN QUE ELEMENTO INTEGRA, SIEMPRE TODO MENSAJE, SEA CUAL SEA EL MEDIO UTILIZADO PARA SU COMUNICACIÓN?

El  lenguaje o código; con el emisor, receptor y mensaje.

5. CITA UN TIPO DE COMUNICACIÓN QUE UTILIZE UN CODIGO PROPIO, DISTINTO DEL QUE HABITUALMENTE UTILIZAMOS TODOS:

Braille y Morse.

6. ¿COMO SE DENOMINA EL SOPORTE MATERIAL MEDIANTE EL QUE SE DOCUMENTA U PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO?

Expediente.

7. ¿QUE REUISITO DEBEN CUMPLIR LAS ASOCIACIONES QUE TIENEN DERECHO DE AUDIENCIA CUANDO SE ELABORE UN REGLAMENTO QUE LES AFECTE?

Estar reconocido por una ley.

8. ¿EN QUE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS PUEDEN SER OIDOS LOS CIUDADANOS? +

En los procedimientos de elaboración de disposiciones reglamentarias (por si mismos o por medio de una organización o asociación representativa). +En los procedimientos de producción de actos administrativos por si mismos.

9. CITA DOS TIPOS DE ORGANISMOS PUBLICOS QUE ADMITEN LA PARTICIPACION DE COLECTIVOS REPRESENTATIVOS

+Seguridad social +Los centros de enseñanza. (Los que afectan a la calidad de vida y al bienestar social).

10. DE LOS DERECHOS DE LOS CIUDADANOS QUE HAS ESTUDIADOS EN LA PRESENTE UNIDAD DIDACTICA ¿CUALES ESTAN CONSTITUCIONALMENTE GARANTIZADOS?

105.a) audiencia en la elaboración de disposiciones administrativas que les afecten. 105.b) acceso a los archivos y registros administrativos. 105.c) audiencia en los procedimientos de producción de actos administrativos. Arti. 129.1) participación en la gestión de organismos públicos.

11. ¿CUAL CREES QUE SERA LA NATURALEZA ADMINISTRATIVA DE LOS CENTROS DE INFORMACION ADMINISTRATIVA Y ATENCION AL CIUDADANO?

La de unidad administrativa.

12. ¿A QUE CIENCIA SE ACUDIRA CON MAS FRECUENCIA PARA EVALUAR LA CALIDAD DE KIS SERVICIOS PUBLICOS Y KA ATENCION AL CIUDADANO?

La estadística, la sociología, la economía, etc.

13. ¿ADMITE EL DERECHOESPAÑOL SOPORTES DISTINTOS DEL PAPEL PARA COMUNICARSE OFICIALMENTE CON LOS CIUDADANOS?

Si, por ejemplo informáticos, o telemáticos pero con los debidos requisitos que garanticen su veracidad, su integridad, su seguridad y confidencialidad.


TEMA 7: EL DOCUMENTO ADMINISTRATIVO:
En un sentido amplio, documento es cualquier  registro de información, contenido en uno u otro soporte físico. – la Ley del Patrimonio Historico Españal contiene una definición exhaustiva: todo lo que contenga algun tipo de representación inteligente: libros, fotos, discos… -Andalucia tiene asumidas las competencias en materia de protección del patrimonio histórico andaluz.

TIPOS DE DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS:

 DOCUMENTOS ENDOGENOS: -informe:( del órgano asesor al decisor). –propuesta de resolución:(del instructor al decisor). –resolución: el decisor fija la posición de la Administracion sobre el asunto objeto del procedimiento. –nota interior: para comunicaciones entre órganos de la misma Administracion. –Acta: el funcionario deja constancia de los pormenores de un acto. –minuta: copia de un documento utilizada para dejar constancia del acto administrativo que recoge dicho documento en el archivo del órgano gestor. DOCUMENTOS EXOGENOS: -instancia: un ciudadano formula alguna clase de solicitud a la Administracion instándola a resolverla.-denuncia: se comunica ala administración competente la comisión de alguna infraccion. –notificacion: para poner en conocimiento del interesado la resolución recaida en un procedimiento. –recurso: un ciudadano solicita la revisión de una resolución administrativa desfavorable a sus intereses. –certificacion:  la administración competente da fe de algun hecho jurídico-administrativo. 

EL EXPEDIENTE:

es la forma habitual de presentación de los documentos en la administración publica. Son los documentos aportados por los ciudadanos o generados por la propia administración, consiste en un conjunto ordenado de documentos cuya información costituye el antecedente y fundamento de un pronunciamiento administrativo. La necesidad de formar expedientes deriva del carácter seriado de los documento de archivo y de los administrativos. Los ciudadnos tiene el derecho a no presentar documento que ya se encuentren en poder de la administración actuante.

LOS NUEVOS SOPORTES DOCUMENTALES:


CARACTERISTICAS:

ventajas: – Gran capacidad de al macenamiento. – facilidad de acceso ala información. – aumento de la difusión, permite la consulta simultanea. –facilidad de comunicación, ahorro de costes. Incovenientes: -fragilidad. – elevados costes de equipamiento y mantenimiento. –riesgo de manipulación, necesidad de controles adecuados.

TRATAMIENTO LEGAL:

 La ley de régimen jurídico de las administraciones publicas plantea las siguientes novedades: – informatización obligatoria de los registros de las diferentes asministraciones publicas , de forma que se garantice la compatibilidad informática y se posibilite la transmisión telemática de los datos registrados. – los ciudadanos podrán relacionarse con las administraciones publicas con garantías. – los procedimientos administrativos podrán tramitarse y terminarse usando soportes informáticos (con garantías). –Los documentos emitidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos por las administraciones publicas gozaran de plena validez y eficacia (con garantias). –Las notificaciones se practicaran por cualquier medio que permita tener constancia de la recepción por el interesado, asi como de la fecha, identidad y contenido del acto notificado. /La ley de Regimen Juridico de las Administraciones  Publicas da juego a las modernas tecnologías y a los soportes documentales asociados a ellas, pero les exige que estén en condiciones de garantizar en el documento: -su autenticidad (no solo al contenido, sino también a remitente, receptor, fecha y certeza de la recepcion).-su integridad (no amputado). –Su confidencialidad (el contenido no debe ser conocido por personas no autorizadas). –La conservación de la información (previniendo contra alteraciones o perdida de datos).

FINALIDAD:

El objetivo final es la implantación de una verdadera “administración electrónica”. Se han alcanzado ya: -creación de registros telemáticos (encargados de la recepción y emisión de documentos durante las veinticuatro horas del dia). –Notificaciones telemáticas (dispongan de una dirección electrónica con seguridad). –Certificados telemáticos (carácter tributario y de Seguridad Social).


RECEPCION Y TRAMITACION DE DOCUMENTOS:


EL REGISTRO:

El inicio del tratamiento de los documentos administrativos. El diccionario de terminología archivística nos da la sig. Información: libro en el que regularmente se contiene la inscripción de información homogénea, ordenada cronológica y alfabéticamente. /Registro general también recibe el nombre de registro la unidad administrativa. Se puede distinguir entre un registro de entrada y un registro de salida. La ley prevé también registros auxiliares del general./ Contenido del asiento registral: -numero correlativo. –epígrafe expresivo de la naturaleza del asiento. –fecha de entrada y hora de presentación. –identificacion del interesado. – órgano administrativo al que se dirige el documento y, si procede, órgano remitente. –referencia al contenido del documento.

NORMALIZACION:

normalizar, es homogeneizar, con arreglo a criterios unificados y lógicos, el tratamiento que se da a una serie de procesos repetitivos. Exige un estudio previo de la tarea en cuestión. Existen instituciones nacionales normalizador (AENOR, ISO, EFQM…). Por lo que a los documentos administrativos se refiere, consiste en confeccionar un documento formulario único, que deberá ser empleado siempre que se realice el tramite al cual se refiere dicho documento. Asegura que la información es siempre homogénea y facilita la disposición de la misma.

REPRODUCCION DE DOCUMENTOS:

Los documentos administrativos son únicos: asistimos con frecuencia a un proceso de reproducción masiva de documentos y de utilización de copias en lugar de originales. Las COPIAS PUBLICAS gozaran de la misma validez y eficacia siempre que exista constancia de que sean auténticas. Las COPIAS PRIVADAS tendrán validez y eficacia, exclusivamente en el ámbito de la actividad de las administraciones publicas, siempre que su autenticidad haya sido comprobada. El tribunal constitucional la acepta en expediente administrativo, si las partes no lo impugnan o no produce indefensión. La copia autentica es la transcripción integra del original o en una copia efectuada por medios informáticos o reprográficos. Deberá figurar la acreditación de su autenticidad y el órgano que la expide. La copia compulsada es realizada por las oficinas de registro respecto de las copias de documentos que los ciudadanos aportan para sustituir a los originales, e indica que dichas copias coinciden en todos sus términos con estos. Solo tienen eficacia en el ámbito concreto del procedimiento en el que se aportan. La copia puede ser autentica puede ser solicitada por los ciudadanos respecto de documentos emitidos por la administración y tiene la misma validez y eficacia que el documento original.

LENGUA DE LOS DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS:

los interesados que se dirijan a órganos de lla administración del estado con sede en el territorio de una comunidad autónoma, podrán utilizar la lengua que sea cooficial en ella. Administraciones de comunidades autónomas se aplicara lo dispuesto por la legislación autonómica correspondiente. Los documentos que deban surtir efectos fuera del territorio de la comunidad autónoma han de traducirse siempre al castellano.

TRATAMIENTO DE LOS DATOS PERSONALES:

La administración no debe olvidar nunca que dichos documentos pueden contener informaciones sensibles, por afectar a la intimidad de las personas. Tales informaciones existen un tratamiento cuidadoso. Existe un riesgo de menoscabar, la intimidad personal y familiar y la privacidad de las personas. Este riesgo se acentúa con la implantación de los nuevos soportes documentales y las tecnológicas. Permiten almacenar y relacionar datos de todo tipo. Con la finalidad de atajar los posibles abusos se aprobó en 1992 la ley, sustituida por la ley organica  15/1999, de protección de datos de carácter personal. Establece unos principios: -solo se podrán recoger datos de carácter personal cuando sean adecuados, pertinentes y no excesivos. -Los datos no podrán usarse para fines incompatibles. –los datos serán exastos y puestos al dia. –los datos serán cancelados cuando ya no sean pertinentes. –se requerirá el consentimiento del afectado. –el responsable del fichero deberá garantizar la seguridad de los datos. –la creación de un fichero por una administración publica podrá hacerse mediante una disposición general publicada en el boletín oficial. /La ley establece la obligación de informar previamente cuando se soliciten datos personales: -de la existencia de un fichero conteniendo los mismos. –de la finalidad de su recogida. –del derecho que asiste a los interesados de acceder a los mismos y pedir su rectificación o incluso su cancelación en ciertos supuestos.

AGENCIA DE PROTECCION DE DATOS:

vela por el cumplimiento de la legislación sobre protección de datos y controla su aplicación en especial en lo relativo a los derechos de información, acceso, rectificación, oposición y cancelación de datos.


TEMA 8: EL ARCHIVO:


CONCEPTO:

la ley del patrimonio histórico español recoge este doble significado: EN CUANTO AL CONTENIDO: conjuntos organicos de documentos reunidos por las personas jurídicas, publicas o privadas, en el ejercicio de sus actividades, al servicio de su utilización para la investigación, la cultura, la información y la gestión administrativa. EN CUANTO AL CONTENIDO:instituciones culturales donde se reúnen, conservan ordenan y difunden para los fines anteriormente mencionados./La definición legal que hemos visto precisa dos aclaraciones: 1. Fondo documental: conjunto organico de documentos provenientes de una sola o de varias instituciones. 2.documento, no solo papeles, si no tb documentos recogidos en cualquier tipo de soporte, antiguo o moderno.

TIPOLOGÍA:

a) la institucion productora de los documentos se distingue archivos públicos y privados. En los privados destacan los eclesiásticos y en los públicos los del estado como comunidades autónomas, ayuntamientos… b) según el ámbito territorial de la entidad productora se habla de archivos locales, provinciales, regionales y generales. c) atendiendo a la cronología : de gestión, centrales, intermedios e históricos.

CUSTODIA Y CONSERVACION DE DOCUMENTOS:

Premisa básica y fundamental de cualquier archivo es que facilite la adecuada conservacion de los documentos que se le encomiendan. Ser documento de organización y recuperación de la información. La ley del patrimonio histórico español, establece para todos los poseedores la obligación de conservarlos, destinarlos a un uso correcto y en lugares adecuados. Incluso contempla la posibilidad de restringir el patrimonio documental.+Documentos generados, conservados o reunidos: los documentos de cualquier época, los documentos con antigüedad superior a los 40 años y los documentos con una antigüedad superior a los 100 años. + los documentos que sin alcanzar la antigüedad, sean determinados por la administración del estado en atención a sus características. +la labor de conservación: a) la prevención, como objetivo anticiparse a factores externos o internos. B) la restauración se dirige a subsanar los daños producidos en los documentos. + la junta superior de archivos, órgano consultivo que tiene como misión proponer actuaciones de conservación y enriquecimiento del patrimonio documental y de los archivos. + transferencia, paso de los documentos de un archivo a otro. +el expurgo, consiste en seleccionar los documentos que se entiende que deben pasar a la sig fase de archivo, eliminando el resto.

DESCRIPCION DE FONDOS:

Su fin: confeccionar los instrumentos que faciliten el acceso a los documentos por parte de los usuarios. –objetivo: facilitar la tarea del usuario eliminando consultas inútiles y reduciendo el deterioro. –niveles: 1er nivel: la guía es una presentación global del fondo, existen guias de carácter general y guias especiales. 2do nivel: el inventario consiste en una descripción genérica de cada una de las serias de que consta un fondo. 3er nivel: el catalogo es una descripción detallada de cada documento, incluyendo los datos relativos a su localización física en el archivo y a su estado de conservación.

RECUPERACION DE LA INFORMACION:

La recuperación de la información es la finalidad del mantenimiento de archivos y la organización y descripción de fondos. –derecho reconocido en la constitución pero no es absoluto. –la ley de régimen jurídico de las administraciones establec el derecho de los ciudadanos a acceder a documentos y expedientes, cualquiera que sea el tipo de soporte material en que figuren, siempre que correspondan a procedimientos terminados.

EXCEPCIONES:

+ datos referentes a la intimidad de las personas. +datos que aun no afectando a la intimidad de las personas tengan carácter nominativo. +el acceso no podrá ser ejercido respecto a los expedientes q se refiere a: actos políticos del gobierno, la defensa nacional del estado, la investigación de delitos, materias protegidas por el secreto industrial y actuaciones de política monetaria./ -las consultas por los ciudadanos mediante petición individualizada de los documentos. –la ley del patrimonio histórico español regula el derecho de consulta respecto de cualquier tipo de documento de archivo: +el acceso de todos los ciudadanos a los archivos de titularidad estatal. +la libre consulta de los documentos que forman parte del patrimonio documental español.

EXCEPCIONES:

+Materias clasificadas de acuerdo con la ley de secretos oficiales. + pongan en peligro la averiguación de los delitos. +datos personales que puedan afectar a la seguridad, intimidad o imagen de las personas./ -formas de acceso a los documentos: la comunicación de documento se puede hacer mediante: +consulta directa. +emisión de copias y certificaciones. La comunicación de la información se hace a través de: *los instrumentos de descripción. *la misión de certificados del contenido total o parcial que garantizan su veracidad.
TEMA 9: 1;EXPLICA LAS FUNCIONES QUE CUMPLE EL PRESUPUESTO:
Medio de control: interno (el ejecutivo sobre la propia admon.) y externo (parlamento). – instrumento básico para la buena gestión ( valoración de servicios administrativos y resultados) – fundamental en la política económica del gobierno: asignar recursos, redestribuye la renta y riqueza y estabiliza la economía.

2;EXPON LOS PRINCIPIOS PRESUPUESTARIOS  Y COMENTA LAS EXCEPCIONES DE ALGUNO DE ELLOS:

Unidad: su objetivo es posibilitar el control efectivo de la actividad financiera del sector publico. Esencial para un mínimo de eficacia en la aplicación del gasto publico. –Universalidad: El presupuesto debe contemplar la totalidad de ingresos y gastos. Responde a la necesidad de control y eficacia. –Especialidad: obliga a concretar y detallar las cantidades asignadas a cada necesidad publica. · excepciones legales: transferencias de crédito y ampliaciones de crédito. –Temporalidad: delimitación del plazo de validez del presupuesto: un año. Las partidas no presupuestadas y no utilizadas deberán ser anuladas. · excepción: incorporación de créditos al ejercicio siguiente y prorroga presupuestaria. –Claridad: confeccion del presupuesto con arreglo a un método claro y criterios uniformes.

3; ¿QUE NORMAS REGULAN LOS PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO?/,¿COMO SE DEFINEN SEGÚN UNA DE ELLAS?

Art. 134 de la constitución (rango de ley, examinados y aprobados por las Cortes, anuales e incluirán la totalidad de gastos e ingresos del sector publico estatal). – Ley General Presupuestaria 47/2003 (vigente desde 2005), reformada en 2013. – Ley de Presupuestos Generales del Estado aprobada cada año./ – los presupuestos del estado tendrán rango de ley y serán examinados y aprobados por las cortes. – los presupuestos serán anuales e incluirán la totalidad de gastos e ingresos del sector publico estatal.

4;¿CUAL ES LA ESTRUCTURA BASICA DE LOS PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO?/¿ COMO SE CLASIFICAN ORGANICAMENTE?

Estados de gastos (créditos necesarios). – Estados de ingresos (derechos económicos a liquidar por la HP).  – los créditos tienen carácter limitativo y vinculante. Los ingresos son una mera previsión no vinculantes./  Clasificacion organica:  a) Ingresos:  -Estado – Organismos autónomos administrativos. –Organismos autónomos comerciales, industriales, financieros o análogos. – SS. –Entes con presupuestos con características análogas a los organismos autónomos. –RTVE y sociedades estatales de radiofusion y tv. –Sociedades estatales mercantiles. –Demas entes del sector publico estatal.  B)Gastos: igual con algunas variaciones.

5; CLASIFICACION ECONOMICA DE LOS INGRESOS EN LOS PGE:

Capitulo1. Impuestos directos y cotizaciones sociales. Capitulo 2.Impuestos indirectos. Capitulo 3.Tasas, precios públicos y otros ingresos. Capitulo 4.Transferencias corrientes. Capitulo 5.Ingresos patrimoniales. Capitulo 6.Enajenacion de inversiones reales(venta de bienes de capital). Capitulo 7.Tranferencias de capital. Capitulo 8.Activos  financieros(enajenación de activos financieros). Capitulo 9.Pasivos financieros(emisión de deuda publica y obtención de prestamos).

6;



CLASIFICACION ECONOMICA DE LOS GASTOS EN LOS PGE:

Capitulo 1.Gastos de personal. Capitulo 2.Gastos corrientes de bienes y servicios. Capitulo 3.Gastos financieros. Capitulo 4.Transferencias corrientes. Capitulo 6.Inversiones reales. Capitulo 7.Transferencias de capital. Capitulo 8.Activos financieros. Capitulo 9.Pasivos financieros (amortizaciones de deudas).

7;CLASIFICACION FUNCIONAL, DESAGREGADA POR PROGRAMAS, DE LOS PGE:

Grados de agregación: grupo funcional, función, subfuncion y programa. –Grupos funcionales: Grupo 1.Servicio de carácter general. Grupo 2.Defensa, protección civil y seguridad ciudadana. Grupo 3.Seguridad, protección y promoción social. Grupo 4.Produccion de bienes públicos de carácter social. Grupo 5.Produccion de bienes públicos de carácter económico. Grupo 6.Regulacion económica de carácter general. Grupo 7.Regulacion económica de sectores productivos. Grupo 9.Transferencias a otras Admones. Publicas nacionales y supranacionales. Grupo 0.Deuda publica. – Recogen 31 funciones con 220 programas.

8;EXPON BREVEMENTE EL PROCESO DE ELABORACION Y APROBACION DEL PRESUPUESTO:

 

ELABORACION:

Los órganos con dotaciones presupuestarias diferenciadas remitirán al M.E.H. sus estados de gastos. – El estado de ingresos es elaborado por el M.E.H.. El M.E.H. en base a lo anterior y la previsible actividad económica, elabora el anteproyecto de ley de presupuestos, que deberá ser aprobado por el Gobierno pleno. Una vez aprobado pasa a ser proyecto de ley y deberá ser presentado al congreso.

APROBACION:

En el congreso se procede al examen, enmienda y aprobación definitiva del presupuesto. Las enmiendas se discuten en el pleno . Del congreso pasa al senado con tramite similar. Acabado el tramite parlamentario, la LPE se promulga y publica en el BOE.

9;¿COMO SE REALIZA LA GESTION RECAUDATORIA DE LOS INGRESOS? /COMENTA LOS PERIODOS DE PAGOS QUE EXISTEN:

se trata de la gestión recaudatoria y es realizada por el M.E.H. u órganos equivalentes en las administraciones autonomicas y locales./  Periodos de pago: – Periodo voluntario: deudas notificadas entre el 1 y el 15 de cada mes, hasta el 5 del mes siguiente. Se puede solicitar aplazamiento o fraccionamiento. –Periodo ejecutivo: si no se paga en le voluntario se abre procedimiento ejecutivo de cobro, con recargo de apremio (20%) y costas.

10; EXPICA LAS FASES DE EJECUCION DEL GASTO PUBLICO:

Autorizacion u ordenación del gasto. Competencia del ministro o delegado. Supone solo reserva de crédito. Documento contable A. –Compromiso, frente a terceros. Documento contable D. El crédito queda afecto al cumplimiento del compromiso. –Reconocimiento de la obligación. Una vez realizadas por 3º las prestaciones convenidas y vista la legalidad de la deuda. Documento contable 0. –Ordenacion del pago. La autoridad competente propone el pago y expide la orden contra la tesorería del estado. Documento contable K. –Pago, material por el Tesoro Publico.

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