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Usufructo en Venezuela

CASO 8

1º Pretensión:

Que se declare nulo dicho usufructo por encontrarse prohibido en nuestro ordenamiento jurídico que se constituya con carácter perpetuo.

El usufructo es un derecho real en cosa ajena, esencialmente temporal, esto es lo que se deduce del plazo máximo por el que se puede constituir tanto si el beneficiario es una persona física como si lo es jurídica; el art.
469 CC se refiere a la constitución del usufructo en beneficio de personas físicas tanto individualmente consideras, Seguir leyendo “Usufructo en Venezuela” »

Usufructo en Venezuela

TEMA 11: USUFRUCTO/USO Y HABITACIÓN

USUFRUCTO


CONCEPTO:


467 CC: “El usufructo da derecho a disfrutar los bienes ajenos con la obligación de conservar su forma y sustancia, a no ser que el título de su constitución o la ley autoricen otra cosa.

Así que la doctrina, nos dice que en los supuestos de usufructo, no tenemos un propietario de la finca, el cual es el nulo propietario, cuando tenga que vender la finca, deberá de hacerlo con la incorporación del usufructuario.

Las carácterísticas Seguir leyendo “Usufructo en Venezuela” »

Derechos reales chile

  1. PRESCRIPCIÓN:


    Tipos:


    Existe la doctrina unificada, que posee requisitos comunes y dos tipos

    A) extintiva:


    extingue derechos personales. Su antecedente: la omisión del acreedor de hacer valer su d°. fundamento: una omisión que es la más completa inactividad. Conlleva una sanción al abandono del d°. Otros dicen que sería una presunción del pago.

    B) adquisitiva:


    actúa a favor de la posesión. Antecedente: hecho dotado de apariencia y que se prolonga en el tiempo-> posesión, protegiendo la Seguir leyendo “Derechos reales chile” »

Enajenar el derecho de usufructo

PRACTICA 8

¿Prosperarán ambas pretensiones?


  

Para la primera pretensión: que los hijos del testador y propietario de la finca que deja en el testamento el usufructo en beneficio al ayuntamiento de Úbeda, tienen interés de que esa disposición testamentaria se declare nula y no pierdan la facultad de goce sobre la finca.

El derecho real de usufructo es un derecho temporal, y no se puede constituir con carácter perpetuo. La temporalidad del usufructo máximo va a depender de que se constituya Seguir leyendo “Enajenar el derecho de usufructo” »