Acción u omisión
El daño ha de ser causado por un comportamiento humano, que puede consistir en hacer o en no hacer.- En cuanto a la acción: es la causa más frecuente de producción de daños. Ha de probarse siempre el hecho de que el daño ha sido causado por dicha conducta, y no por otra distinta.
- En cuanto a la omisión: sólo son fuente de responsabilidad cuando existe un especial deber de actuar que resulta omitido, y que de haberse llevado a cabo habría evitado que el daño se produjese. Seguir leyendo “La responsabilidad civil” »
Archivo de la etiqueta: Responsabilidad civil subjetiva
Cuando hay reparación de daño proveniente de obligaion contractual
REQUISITOS DE CONCURRENCIA PARA QUE PRODUZCA EL DAÑO: 1)
Certeza
2) Afectación personal del
daño (patrimonial, extrapatrimonial, directo, indirecto)
3) Subsistencia del daño: Que no haya sido indemnizado con anterioridad.
4) Que el daño sea Injusto. // CLASIFICACIÓN DEL DAÑO:
1)
DAÑO SUBJETIVO : A)
Daño Psicosomático: – Daño Biológico; – Daño a la
Salud;
B) Daño a la libertad 2)
DAÑO OBJETIVO:
Afecta la esfera patrimonial , A)
Daño Emergente: Genera el Egreso de un bien del Seguir leyendo “Cuando hay reparación de daño proveniente de obligaion contractual” »
El incumplimiento culposo de obligaciones extracontractuales
FACTOR DE ATRIBUCIÓN:
No es lo mismo haber actuado con culpa
Inexcusable y culpa leve.
Hay 2 perspectivas: 1)
Contractual (1321)
a)Las
Obligaciones nacen para cumplirse: Incumplimiento total e incumplimiento
Inexacto (parcial, tardío o defectuoso) B) Soluciones frente al incumplimiento:
• Teoría del riesgo / Resolución / Ejecución • La responsabilidad por daños y
Perjuicios. // DILIGENCIA ORDINARIA:
Toda persona que actúa con el ‘’ debido cuidado’’ no puede ser imputable de
Responsabilidad. Seguir leyendo “El incumplimiento culposo de obligaciones extracontractuales” »