Finalidad de division de poderes

Estado de derecho y función policial


El estado, como ente que comprende la población, el territorio el poder, está dotado de un poder total o estático, que tiene por finalidad general sabemos, reglar y mantener la vida en comunidad y obtener el bienestar y desarrollo integral de todos los habitantes.

Es así, y nuestra constitución política recoge en forma amplia este principio, en el artículo 1° incisos tercero y cuarto. “el estado está al servicio de la persona humana y su finalidad es promover el bien común , para lo cual debe contribuir a crear las condiciones sociales que permitan a todos y a cada uno de los integrantes de la comunidad nacional su mayor realización espiritual y material posible, con pleno respeto a los derechos  y garantías que esta constitución establece.es deber del estado resguardad la seguridad nacional , dar protección a la población y a la familia, propender el fortalecimiento de esta , promover la integración armónica de todos los sectores de la nación y asegurar el derecho de las personas a participar con igualdad de oportunidades en la vida nacional.”

El concepto estado de derecho

Estado de derecho: es el sometimiento del poder del estado a la ley, para el reconocimiento y protección de los derechos fundamentales individuales. Se entiende que existe solo si en su ordenamiento jurídico  existe separación de poderes del estado, ejecutivo, legislativo, judicial, control y responsabilidad de los órganos del estado, y reconocimiento y protección de los derechos individuales.

Bases o condiciones del estado de derecho


1.-principio de legalidad:


la constitución y la ley son expresión de la voluntad popular y a ella están sometidos íntegramente el estado y sus representantes. Nuestra constitución política establece este principio en los artículos 6 y 7.los órganos del estado deben someter su acción a la constitución y a las normas dictadas conforme a ella, y garantizar el orden institucional de la republica.los preceptos de esta constitución obligan tanto a los titulares  o integrantes de dichos órganos como a toda persona, institución o grupo. La infracción de esta norma generara las responsabilidades y sanciones que determine la ley.

Los órganos del estado actúan válidamente previa investidura regular de sus integrantes, dentro de su competencia y en la forma en que prescriba la ley. Ninguna magistratura, ninguna persona ni grupo de personas pueden atribuirse, ni aun a pretexto de circunstancias extraordinarias, otra autoridad o derechos que los que expresamente se les hayan conferido en virtud de la constitución o las leyes.

2.-distribución del poder del estado:


él poder estatal, no está concentrado, si no está distribuido en órganos distintos, permitiendo el mutuo control entre ellos evitando arbitrariedades y abuso de poder .en estricto derecho, las funciones que emanan del poder del estado están distribuidas en órganos distintos.las funciones    o poderes del estado son ejecutivo, quien gobierna y administra el estado .,legislativo, quien dicta normas de carácter general y obligatorio y judicial, quien es el que aplica las leyes al caso particular o concreto.

3.-control y responsabilidad de los órganos del estado


Con el fin de resguardar los derechos individuales y proteger el ejercicio del poder estatal a fin que cumpla sus fines, es necesario que otros entes controlen y fiscalicen a los órganos del estado y sus funcionarios, por expreso mandato del ordenamiento jurídico. Según nuestra constitución, política, esta función la cumplen la controlaría general de la republica, la cámara de diputados, el tribunal constitucional y los tribunales ordinarios de justicia.


4.-respeto y protección de los derecho individuales:


el estado está al servicio de la persona humana, y esta tiene derechos por el solo hecho de existir, y están consagrados en nuestra constitución política 19° la garantía y protección de los derechos de todas las personas, se logran a través de los recursos procesales y constitucionales, y a través de los principios que orienta la actuación del estado, como el principio de legalidad.

Algunos autores además de las condiciones, distinguen características del estado de derecho, y asumen como tales las siguientes:

1.-imperio de la ley, que es si ni el principio de legalidad

2.-distribución del poder, que se refiere a la separación o distribución de funciones del poder del estado, que es único.

3.-alternancia en el poder, lo cual reitera la distribución de funciones, en el sentido que los órganos en que están radicados, sean de origen soberano del pueblo, y no se mantengan indefinidamente solo un determinado grupo de personas en las funciones del estado.

4.-respeto por la persona; que significa la consagración y reconocimiento de los derechos individuales y su protección efectiva.

Distribución del poder o funciones del estado

Para efectos de nuestro estudio, nos detendremos en este aspecto del estado de derecho. Como ya sabemos, el poder único del estado, es el que le permite realizar todas las funciones, con la finalidad del bien común de todos sus habitantes. Para garantizar el respeto y protección de los derechos individuales, este poder se distribuye, se radica en diversos órganos, poderes o funciones del estado:

1.-el poder o la función legislativa:


consiste en la creación y dictación de normas jurídicas generales, abstractas, obligatorias y permanentes con las cuales deben ejercer sus funciones los poderes ejecutivo, legislativo y judicial. Esta función está encargada al congreso, que está formado por 2 cámaras.la función legislativa se ejerce también con participación del ejecutivo quien actúa como colegislador.la forma en que ejerce esta función el legislativo es a través de la ley.

2.-el poder o la función judicial:


también denominada función jurisdiccional:
consiste en aplicar la norma jurídica que general y abstracta, al caso concreto y particular, corresponden en forma exclusiva a los tribunales ordinarios de justicia.la forma en que ejerce este poder o función es a través de las sentencias.

3.-el poder o función administrativo también denominado poder ejecutivo:


consiste en el gobierno y administración del estado, tiene a su cargo la satisfacción de necesidades públicas en forma permanente y continua y la administración y aplicación de los recursos públicos. Corresponde ejercerla al presidente de la republica, quien actúa asesorado y con la colaboración de un conjunto de órganos denominado adm.publica.la forma de ejercer esta función es a través de actos administrativos.


Función administrativa

En el desarrollo de la materia objeto de nuestra cátedra, nos referiremos precisamente a esta función, una de las 3 que tiene el estado.

Como hemos dicho, la función administrativa denominada también función o poder ejecutivo, consiste o tiene por finalidad gobernar y administrara el estado. Y la tiene a su cargo el presidente de la republica. Así también lo establece nuestra constitución política en el art 24, “el gobierno y la administración del estado corresponden al presidente de la republica, quien es el jefe de estado. Su autoridad se extiende a todo cuanto tiene por objeto la conservación del orden público en el interior y la seguridad externa de la republica, de acuerdo con la constitución y las leyes”. El órgano administrativo, tiene como finalidad satisfacer necesidades públicas de una manera permanente y continua, y este a su vez el concepto de servicio público

Funciones Monopólicas del Estado


Desde antiguo, y a partir que el hombre en uso de su libertad decide elegir un Líder que lo guíe y ejerza el poder, este podre esencialmente tiene la capacidad  de hacerse obedecer y hacer acatar y cumplir sus normas, también decidió delegar en el funciones  básicas para su subsistencia, renunciando a defenderse asimismo, entregando la facultad de dirimir las controversias y la de garantizar el orden de toda la comunidad evitando el caos. Lo anterior significa que el hombre al congregarse en comunidad y formar un Estado, delega funciones que únicamente puede ejercer el  Estado como ente, lo significa que solo el Estado puede ejercerla a través de sus agentes o representantes, en efecto la capacidad de defender a los habitantes del Estado, su Territorio y Bienes. Esas funciones monopólicas o exclusivas del Estado son; la defensa, la seguridad, la justicia. Lo anterior implica que el Estado es exclusivo encargado de resguardar y garantizar la vida en comunidad y su integridad territorial, y la vida de sus habitantes, asimismo el Estado es el único encargado a través de su órgano jurisdiccional encargado de dirimir controversias entre particular y aplicar normas al caso concreto, esta es la función judicial o Poder Judicial.

Así dentro de esta función monopólica, se encuentra la función o necesidad de resguardar el orden y la seguridad pública, y la satisfacción de las necesidades de defensa en general y justicias.

Servicio publico

El ejecutivo tiene como función el gobierno y administración del Estado, asimismo para desempeñar su labor crea servicios públicos entendiendo que son tales, aquellas instituciones, u organismos que satisfacen necesidades publicas de una manera permanente y continua. Estos de acuerdo a su dependencia en la actuación pueden ser centralizados o descentralizados.

Las personas naturales que trabajan en los servicios públicos, son los funcionarios públicos, que se entiende por tales aquellas personas naturales que sirven en un cargo público y este es aquel que se contempla en las plantas o como empleos a contrata en las instituciones señaladas como de la administración del estado, a través del cual se realiza una función administrativa.


Con el fin de proteger y garantizar los derechos humanos o los derechos individuales de todas las personas, y el funcionamiento optimo del Estado, estas personas o funcionarios públicos están adscrito a un conjunto de normas , deberes, obligaciones y derechos, que cumplen principios legales y constitucionales básicos que determinan su actividad, obligándonos a tener una conducta intachable, a un actuar ético, fundado en la probidad, atendida las delicadas tareas y funciones que la ley a puesto a su cargo. Estos principios y normas pueden sintetizarse en la siguiente forma:

Según el profesor ahumada ética pública se refiere a la existencia de un sistema normativo de orden moral, como un conjunto de principios y valores que orientan la configuración de un actuar correcto y deseable en el ámbito de la administración de los asuntos públicos, y que al estimarse social mente indispensable para la convivencia y la paz social, se hace necesaria su obligatoriedad y coercividad.

Por lo anterior, la actividad pública, debe estar siempre orientada o tener como finalidad  el interés general así:

1.-

Probidad Publica:

Consiste en observar una conducta intachable y un desempeño honesto y leal de la función o cargo con preeminencia del interés general por sobre el interés particular.

2.- Transparencia:Libre de acceso de todos los ciudadanos para conocer los actos de administración

3.- Obligación de rendir cuenta:


Con el fin de cumplir con los principios de eficiencia y eficacia como principios técnicos de la administración; todo funcionario público que tiene a su cargo, reciba, custodie, administre, o pague, está obligado a rendir cuenta en la Controlaría Gral. De la República o a los Órganos Legales de Control Administrativo.

4.- Derecho del ciudadano para fiscalizar a la Administración:


Atreves del ejercicio de las acciones que se han descrito, con el fin de conocer la forma en que se realiza la gestión pública, básicamente las reclamaciones, recursos, derecho de petición.

Deformación de las funciones públicas o la actividad del Estado


Esta se produce cuando no se respetan los principios precedente-mente indicados, y se excede de las atribuciones, se hace un uso excesivo del poder o abuso, o no se actúa teniendo la obligación de actuar o un desuso o bien se usa en beneficio personal el poder. Surge lo que se denomina Corrupción.

Corrupción Pública, según se ha definido por la doctrina tal como el profesor Israel Russo, es la falta de ética, probidad y transparencia en el ejercicio de la función pública y se traduce en que toda la acción corruptos es una violación de normas legales realizadas para obtener un beneficio personal, atreves de una deformación de las funciones públicas. Sin duda la falta de ética en la gestión pública, a través de distintos medios como el soborno, el nepotismo y la malversación de los fondos, conduce a la ineficiencia y a la apropiación del aparato del estado por interés individual ajeno al interés general. Ello implica la pérdida de la autoridad moral, debilita la eficacia de la actuación del Estado, estimula el abuso y la arbitrariedad, agrega cargas al contribuyente y, por ende, también tiene impacto en le eficiencia de las políticas sociales.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *